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Absoluciones de Bankia: ¿quien controla al controlador?

Las sentencias se tienen que respetar, pero la de la Audiencia Nacional sobre Bankia abre la puerta a cuestionar el papel de organismos reguladores como la CNMV, que volvió a actuar ‘tarde y mal’

En democracia hay aquella máxima de respetar las decisiones judiciales por mucho que sean contrarias a los propios intereses o ideologías. Ya sabemos que no siempre se respeta y que, incluso, se usa el argumento cuando las sentencias gustan y casualmente se olvida cuando no gustan tanto. Como abogado especializado en abusos bancarios esta sentencia no me ha gustado, pero este artículo cumplirá con la norma de respetar la decisión de la Audiencia Nacional de absolver Rodrigo Rato y los otros treinta y tres acusados de su responsabilidad criminal en la salida a bolsa de Bankia.

Sin embargo, la sentencia, comoquiera que está estructurada, sí que abre la puerta a cuestionar uno de los grandes déficits del funcionamiento institucional del Estado: el negligente papel que juegan en escándalos bancarios los denominados organismos supervisores, como la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España, que se supone que tienen que controlar las prácticas de las entidades financieras para que se ajusten a ley y no vulneren los derechos de los consumidores. Esta sentencia absolutoria de la Audiencia Nacional se fundamenta, precisamente en que estos organismos dieron su visto bueno a los dudosos movimientos de Bankia antes y después de su salida a bolsa. Un ejemplo es que estos supervisores consideran que el folleto informativo que servía de base a la ampliación de capital ofrecía una información amplia y cierta sobre los riesgos que comportaba subscribirla.

Más cosas que no se entienden: cómo es posible que el Tribunal Supremo, en su Sentencia de 3 de febrero de 2016, afirme que había inexactitudes en la información facilitada a los subscriptores de la ampliación de capital de Bankia, y ahora en cambio, se nos venga a decir que todo era correcto? Podríamos discutir si una cosa es el derecho de los subscriptores a pedir la responsabilidad civil por esta información inexacta y la otra cosa es la posible responsabilidad criminal de los responsables de Bankia, en aquella época. Pero, a mi parecer, no es admisible que se nos diga que el aval de la CNMV y del Banco de España lo justifica todo.

 

Es hora de que alguien abra la caja de Pandora para preguntarnos quién controla al controlador. Simplemente para que cumpla con la enorme responsabilidad que estos controladores tienen asignada

 

Nos encontramos ante la constatación de que la CNMV, que es quien tiene la primera y primordial obligación de control de una salida a Bolsa y de control del mercado de valores en general, no actúa con los debidos controles y cuando lo hace, lo hace tarde y mal (¿qué clase de supervisor es este?). Esta afirmación no es gratuita, sino que se basa en mi experiencia judicial y pondré, a efectos ilustrativos, los siguientes ejemplos:

  1. Todo el mundo recuerda desgraciadamente las famosas “participaciones preferentes”. Este tipo de producto financiero tóxico, que se comercializó en el Estado español de manera indebida, en un grandísimo porcentaje, también tenía el aval inicial de la CNMV, que dio su visto bueno a los tests que habrían tenido que servir para comprobar que los bancos informaban “debidamente” sobre los riesgos que comportaban las preferentes. En la práctica se demostró que no informaban sobre los riesgos reales del producto, lo cual vulneraba directamente la Ley del Mercado de Valores de aquella época. Cuando escuchabas los argumentos del Banco en el sentido que la CNMV había aprobado su modelo, te sorprendía porque daba la sensación que no existía ningún tipo de control o que este se limitaba a permitir simplemente la inscripción en un registro de aquel modelo.
  2. Lo mismo podemos decir respecto del control que la CNMV tendría que haber tenido sobre los folletos informativos de las ampliaciones de capital, como se patentizó en la ampliación de capital de Banco Popular Español de 2016. La CNMV no dijo nada respeto que el folleto informativo depositado en este organismo no fuera conforme a la Ley, porque dio el visto bueno a la ampliación. Fue necesario que el 3 de abril de 2017 (dos meses antes de la caída del Banco), el mismo Banco Popular comunicara a la CNMV que quizás había alguna inexactitud o irregularidad en el folleto informativo, en cuanto a los riesgos que afrontaba el Banco. Esta comunicación tendría que haber encendido todas las alarmas; pero como que los Auditores y el Consejo de Administración del Banco afirmaban que estas irregularidades o inexactitudes no tenían mucha envergadura, parece que la CNMV se limitó a dejar pasar el tiempo. El Banco colapsó el 7 de junio de 2017, pero el 23 de mayo de 2018 (casi un año después de la caída) nos encontramos con un informe de la CNMV que cuestiona de manera demoledora la información que constaba al folleto informativo e inició un expediente sancionador contra el Banco y contra las personas físicas responsables del mismo (demasiado tarde, porque los subscriptores de la ampliación de capital ya habían perdido todo el dinero).

Finalmente, el otro factor apuntado en la Sentencia que me ha sorprendido es que el folleto informativo avisaba de una gran cantidad de riesgos. No basta con citar y enumerar posibles riesgos, sino que, con la Ley en la mano, el folleto informativo tiene que tener una “valoración de los riesgos de forma fácilmente analizable y comprensible, evitando términos genéricos y abstractos”. En el caso de Banco Popular y de Bankia había un exceso de términos genéricos y abstractos, porque si se hubiera expuesto claramente los riesgos reales de subscribir la ampliación de capital en ambos casos, NADIE hubiera subscrito ninguna acción.

¿Qué control estaba llevando a cabo la CNMV sobre la exposición de los riesgos de la ampliación de capital? La respuesta es NINGUNA, porque limitarse a dar por buena esta exposición genérica es renunciar a controlar realmente. Repito: por higiene democrática tenemos que respetar la sentencia de la Audiencia Nacional. Pero, por el mismo principio, es hora que alguien abra la caja de Pandora para preguntarnos ¿quién controla al controlador? No por nada, simplemente porque cumpla con la enorme responsabilidad que estos controladores tienen asignada.

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