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Plaça General Prim, 2, 43001 Tarragona

LA MEJOR SOLUCIÓN
PARA CADA CASO

Como mercantilistas, defendemos tanto los consumidores como las empresas.

A los consumidores ante abusos de bancos, de las compañías eléctricas, de las aseguradoras y de la Administración y, además, en todo aquello que haga referencia a la adquisición de la vivienda.

A las empresas les ofrecemos un amplio asesoramiento hacia: Constitución, Juntas de Sociedades, fusiones y escisiones, defensa de los Administradores, derivaciones de responsabilidad de Hacienda, Seguridad Social y Concursos de Acreedores.

EXPÓNGANOS su problema y permítanos que lo analizamos para poderle OFRECER la MEJOR de las SOLUCIONES.

DERECHO BANCARIO


– Declaración de nulidad de contratos bancarios por el incumplimiento de las obligaciones de información al cliente que impone la Ley del mercado de valores (acciones de Banco Popular, Participaciones Preferentes de Eroski, Valores Santander, Cuotas Participativas CAM, …), en conexión con normativa de protección a los consumidores y usuarios (caso de participaciones preferentes, obligaciones subordinadas …).
Declaración de nulidad de contratos de permuta financiera de tipo de interés: SWAPS y productos financieros análogos, por vicio del consentimiento y falta de información por parte de las entidades financieras.
Declaración de nulidad y reclamación de daños y perjuicios por la comercialización de productos con vulneración de la normativa de la Ley de Mercado de Valores (productos de Lehman Brothers, participaciones preferentes de Landsbanki y otros bancos islandeses).
Declaración de nulidad de las cláusulas abusivas en los productos sustitutivos ofrecidos por los bancos que comercializaron instrumentos financieros afectados por el asunto Madoff.
– En materia de préstamos hipotecarios, impugnación por abusivas de las cláusulas límite o túnel.
Impugnación de las cláusulas abusivas de los préstamos hipotecarios en divisa o moneda extranjera o aplicación, si es oportuno, de la cláusula “rebus sic stantibus” para corregir los desequilibrios que estos productos causan al consumidor.

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DERECHO DE SUCESIONES


– Acciones de reclamación y defensa de la herencia yacente.
– Acciones de reclamación de legados y de la cuarta falcidia.
– Acciones de reclamación de la cuarta vidual y de la cuarta trebeliánica.
– Acciones de reclamación de legítima y de su complemento.
– Cualquier otra acción de protección de los derechos hereditarios.

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DERECHO MERCANTIL

Concursos de acreedores voluntarios y necesarios. Nuestra intervención profesional comprende la presentación de la solicitud del concurso y la asistencia en todas y cada una de las fases. Tenemos que resaltar nuestra intervención en las negociaciones con los acreedores y sobretodo con las entidades financieras para conseguir el correspondiente convenio de acreedores que garantice la continuidad empresarial, que es el hito que queremos conseguir con la presentación del concurso.
Intervención profesional en defensa de los Administradores de la sociedad concursada en la pieza sexta de calificación del concurso.


DERECHO MERCANTIL – SOCIETARIO

Acciones de reclamación y de defensa de los Administradores de sociedades mercantiles, en los supuestos de responsabilidad por culpa (artículos 238 y siguientes de la Ley de sociedades de capital), como por incumplimiento de las obligaciones de solicitud de disolución judicial o concurso, en los casos que sean procedentes (art. 367 de la Ley de sociedades de capital).
Procedimientos relativos a la aplicación del artículo 348 bis de la Ley de sociedades de capital, relativos al ejercicio del derecho de separación que se otorga a los socios en relación al no reparto de dividendos.
Impugnación de acuerdos sociales.
Ejercicio de acciones de disolución de sociedades y reclamación de responsabilidad a los liquidadores, si se tercia.


DERECHO MERCANTIL – CAMBIARIO

– Ejercicio de acciones vinculadas a la ejecutividad de la letra de cambio, el pagaré y el cheque.

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DERECHO CIVIL


– Procedimientos judiciales relativos a reclamaciones de daños y perjuicios derivados de incumplimientos contractuales.
– Acciones para el reconocimiento o negación de servidumbres.
– Acción de división de cosa común (situaciones de indivisión en bienes inmuebles) y disolución de comunidades de bienes, en su condición de ente sin personalidad jurídica, pero con incidencia con el tráfico jurídico.
– Procedimientos vinculados a los vicios de la construcción.
– Procedimientos relativos a la propiedad horizontal (comunidades de propietarios).

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DERECHO PENAL

Nos dedicamos exclusivamente al Derecho Penal Económico.

Nuestros abogados son especialistas y tienen una dilatada experiencia en delitos societarios y expertos en los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social.

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